El modelo de trabajo de Glovo, que opera a través de falsos autónomos, “constituye una práctica que no autoriza la legislación laboral y que vulnera y suprime los derechos que ésta reconoce a los trabajadores por cuenta de terceros”. Además, considera “indiscutible” que caballeros En consecuencia, trabajan por su cuenta. Así, posteriormente, la Agencia Provincial de Ingresos de Barcelona expresó su denuncia contra Oscar Pierre, director general y cofinanciador de la sociedad departamental, a la que tuvo acceso EL PAÍS. El fiscal acusó a Pierre de un delito contra los derechos de los trabajadores previsto en el artículo 311 del Código Penal, que castiga con penas de prisión de seis meses a seis años y de seis a doce meses “a quienes impongan condiciones ilegales a sus trabajadores negociándolas”. sobre la base de fórmulas añadidas al contrato de trabajo, o manteniéndolas en conflicto con la solicitud o sanción administrativa”.
Este punto, el segundo del artículo 311, llegó al Código Penal el 12 de enero de 2023. Era un paso más del Gobierno para intentar bloquear las prácticas de Glovo, la principal empresa del sector de la restauración a domicilio en España. El primero fue la aprobación de la ley Rider en 2021, cuyo objetivo es que los asignadores estén amparados por un contrato de trabajo con una empresa comercial. Pero Glovo ignora esa legislación, pesando sobre los millonarios y los múltiples impuestos de la Inspección y la sentencia de 2020 que reconoció la laboriosidad de la relación entre la empresa y sus repartidores. Antes de ese encargo, el Gobierno tomó la “vía criminal” en pleno invierno, seguido por el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey. “Hemos solicitado formalmente a estas empresas que cumplan con la ley para que sean conscientes de que si no lo hacen, no solo es un problema de sanciones económicas, sino también un problema de sanciones penales”, dijo en una entrevista. con esta revista.
El departamento que dirige Yolanda Díaz elaboró un informe que detalla cientos de casos concretos de empleados que deberían haber sido contratados, pero regresaron a Glovo como trabajadores por cuenta propia. “Según las disposiciones de los inspectores, esta empresa podría verse expuesta al Código Penal al no cumplir con las solicitudes que presentó para ser reconocida como asalariada en la relación con sus empleados”, dijeron fuentes del ministerio. La Fiscalía General del Estado recibió la comunicación en octubre de 2023 y la trasladó a la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo “porque los hechos denunciados podrían ser vulnerados en vulneración de los derechos de los trabajadores”. Según información de ese departamento, la denuncia fue trasladada a principios de enero a la Agencia Provincial de Ingresos de Barcelona, que inició su investigación en febrero. La denuncia fue presentada el 13 de junio y fue reintegrada en el Juzgado de Instrucción número 31 de Barcelona. El segundo fue atacado. El periódico y confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el juez ya ha abierto una investigación.
“Para la ejecución de los servicios”, expone la Fiscalía de Barcelona, ”Glovo emplea a trabajadores que requieren su alto nivel en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia de la Seguridad Social (el autónomo), estableciendo con ellos una relación de confianza comercial que le permite reducir costes de la empresa, sin garantizar un salario profesional acorde a la jornada de trabajo realizada y pudiendo dejar a la Seguridad Social insertar las cuotas correspondientes a los ritmos de trabajo de estas personas”.
A continuación recordamos la sentencia del Tribunal Supremo de 2020, así como las resoluciones de diversos jueces provinciales en materia social: se mencionó una sentencia de 2020 en Santander en la que se declaró la relación laboral de 85 trabajadores; más de Bilbao en 2021 y 438 empleados; el mismo año en Valladolid con otros 272; 329 más en Zaragoza en 2021; y otras 142 en Oviedo, febrero de 2022. “En este mismo sentido, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña concluyó la existencia de una relación de carácter laboral a través del relato de varias sentencias”. Cite diez ejemplos.
“Indiscutible”
“Considerando todo lo anterior”, continúa el texto de la Agencia Tributaria, “Glovo continúa manteniendo la misma relación laboral con sus trabajadores, incluso en la fecha posterior al 12 de enero de 2023”, en referencia a la fecha en la que entró en vigor el Código Penal. Dice que sus empleados “siguen obligados a trabajar de forma independiente y a aceptar sus propias cuotas si pretenden seguir prestando servicios a la empresa, lo que constituye una práctica que no autoriza la legislación laboral y que vulnera y suprime los derechos que ésta reconoce”. a los trabajadores por motivos de privacidad, tales como los relativos a salario, jornada, descanso, permisos, vacaciones o protección de la seguridad social”.
La Agencia Tributaria también menciona siete solicitudes de inspección que pretendían acreditarse si la relación laboral cumplía con la ley. Glovo no reconoció en sus respuestas “la legalidad de las relaciones”, limitándose a impugnar que la relación inicial que ambas partes no mantuvieron al tramitar la solicitud, sin obstruir la realidad indiscutible de que los trabajadores continuaron realizando sus trabajos departamentales. en las mismas condiciones en que se encontraban, realizándolos con carácter prioritario, sin que se haya reconocido su condición de trabajadores por cuenta ajena”.
El Ministerio Público cree que la condición de empleados terceros de los departamentos de Glovo es “indiscutible, tal y como han declarado los órganos judiciales competentes en la materia”, pero con más argumentos para sustentar esta tesis: “El hecho de tratar con los departamentos de la propia organización del trabajo, prestando sus servicios dentro de la implementada por la empresa Glovo, la cual gestiona y organiza su trabajo diario a través de la plataforma digital de uso obligatorio, donde se determina la forma y precio del servicio de registro y entrega del producto, y un control. El sistema para el proceso productivo se establece a través de la gestión algorítmica del servicio”.
El Ministerio Público solicita que se emita una declaración de calidad de la investigación a Oscar Pierre y también solicita la declaración de varios testigos para que expliquen si continuaron operando como falsos autónomos para Glovo tras la modificación del Código Penal.
200 millones de euros
Hasta mayo, Glovo acumulaba alrededor de diez millones de euros de deudas impagadas con la Seguridad Social (73,4 millones de euros derivados de actos de liquidación y 127,2 millones de euros de deudas pagadas) y en consecuencia otros 50 millones en multas, una sentencia arriesgada para la empresa: Delivery Hero (propietaria de Glovo) reconoce que los problemas legales que surgen ponen en riesgo la viabilidad de la empresa.
Además, hasta principios de abril, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha ordenado la cesión de una oficina a 40.889 empleados de Glovo, todo ello desde que la empresa inició su actividad en 2014. Para poner en contexto esta cifra, cabe precisar que la empresa catalana emplea actualmente a unos 12.000 repartidores, una cifra que la empresa prefiere no especificar. Los expertos de la industria informan que el número real de caballeros es aun mayorentregando el inquilino a cuentas de terceros, normalmente inmigrantes que en ocasiones no tienen permiso de trabajo.
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